POLÍTICAS DE CRICKET WIRELESS PARA CONSIDERAR RECLAMACIONES DE INFRACCIÓN DE MARCA COMERCIAL Y/O DERECHO DE AUTOR
I. Reclamaciones de Derechos de Autor. Cricket solicitará a la Parte Demandante que corrobore una reclamación de derecho de autor proporcionando a Cricket la siguiente información por escrito a:
Proveedor de Servicio: Cricket Wireless LLC, 12735 Morris Rd Ext., Suite 300, Alpharetta, GA 30004-8904
Nombre del Agente Designado para Recibir la Notificación de la Infracción Reclamada:
Manager of Security & Copyright Infringement
Dirección Completa del Agente Designado a Quien se le Enviará la Notificación:
1800 Perimeter Park Drive, Suite 100, Morrisville, NC 27560
Número de Teléfono del Agente Designado: (919) 319-5737
Número de Fax del Agente Designado: (919) 319-8154
Dirección de Email del Agente Designado: copyright@cricketwireless.com
Para ser válida, la notificación de infracción de derecho de autor debe proporcionarse por escrito al Agente Designado de Cricket que figura arriba y debe incluir la siguiente información:
A. Una firma física o electrónica del dueño, o una persona autorizada para actuar en nombre del dueño, de un derecho de autor exclusivo que presuntamente ha sido infringido.
B. Identificación del trabajo con derecho de autor que se afirma haber sido infringido, o, si se cubren en una sola notificación muchos trabajos con derecho de autor en un solo sitio en línea, una lista representativa de dichos trabajos en ese sitio.
C. Identificación del material que se reclama estar infringiendo derechos o ser el objeto de la actividad infractora y que se debe eliminar o se debe deshabilitar el acceso a este, e información razonablemente suficiente que permita a Cricket localizar el material.
D. Información razonablemente suficiente que permita a Cricket contactarse con la Parte Demandante, tal como dirección, número de teléfono y, si está disponible, dirección de correo electrónico.
E. Una declaración de que la Parte Demandante cree de buena fe que el uso del material de la manera reclamada no está autorizado por el dueño del derecho de autor, su agente o la ley.
F. Una declaración de que la información en la notificación es precisa, y bajo pena de perjurio, que la Parte Demandante es el dueño, o está autorizado para actuar en nombre del dueño, de un derecho exclusivo que presuntamente se está infringiendo.
III. Si la Parte Demandante proporciona a Cricket una notificación por escrito apropiada, conforme a la Sección I de arriba, incluyendo información razonablemente suficiente para permitir a Cricket localizar y eliminar o deshabilitar el material en cuestión o incluye información sobre infracción repetida, entonces Cricket reenviará la notificación por escrito de la Parte Demandante a dicho supuesto infractor (de aquí en adelante "Suscritor") y tomará medidas razonables de inmediato para notificar al Suscriptor que se eliminó o deshabilitó el acceso al material.
IV. Contranotificación. Un Suscritor puede proporcionar una Contranotificación enviando una comunicación por escrito al Agente Designado de Cricket identificado en la Sección I arriba, que incluya sustancialmente lo siguiente:
A. Una firma física o electrónica del Suscritor.
B. Identificación del material que ha sido eliminado o cuyo acceso ha sido deshabilitado, y la ubicación en donde aparecía el material antes de ser eliminado o su acceso deshabilitado.
C. Una declaración bajo penalidad de perjurio que el Suscritor cree de buena fe que el material fue eliminado o deshabilitado por error o identificación errónea del material a ser eliminado o deshabilitado.
D. El nombre, la dirección y el número de teléfono del Suscritor, y una declaración que el Suscritor acepta acatar la jurisdicción del Tribunal Federal de Distrito para el distrito judicial correspondiente a la dirección, o si la dirección del Suscritor se encuentra fuera de Estados Unidos, para cualquier distrito judicial en donde se pueda encontrar Cricket, y que el Suscritor aceptará la notificación legal por parte de la Parte Demandante o un agente de dicha Parte.
V. Luego de recibir la Contranotificación descrita en la Sección IV, Cricket proporcionará de inmediato una copia de la Contranotificación a la Parte Demandante, e informará a dicha Parte que reemplazará el material eliminado o habilitará el acceso a este en 10 días hábiles. Cricket reemplazará el material eliminado o habilitará el acceso a este en no menos de 10 y no más de 14 días hábiles, luego de la recepción de la Contranotificación, a menos que el Agente Designado de Cricket reciba primero una notificación por parte de la Parte Demandante que dicha Parte Demandante ha presentado una acción para obtener una orden judicial con el fin de restringir la participación del Suscriptor en actividad infractora relacionada con el material en el sistema o la red de Cricket.
VI. Reclamaciones de Marcas Comerciales. Cricket solicitará a la Parte Demandante que corrobore una Reclamación de Marca Comercial proporcionando a Cricket la siguiente información por escrito a Cricket Wireless, 12735 Morris Rd Ext., Suite 300, Alpharetta, GA 30004-8904.
A. Proporcione suficiente evidencia de que la parte que ha publicado la marca comercial infractora es un titular de cuenta de Cricket Wireless.
B. La marca comercial, la marca de servicio, la imagen comercial, el nombre u otros indicios de origen ("marca") que se reclama estar siendo infringida.
C. El nombre, la dirección postal y el número de teléfono del dueño de la marca identificada arriba.
D. Los bienes y/o servicios cubiertos por, u ofrecidos bajo, la marca identificada en la sección B arriba.
E. La fecha del primer uso de la marca identificada arriba.
F. La fecha del primer uso en el comercio interestatal de la marca identificada arriba.
G. La marca que la Parte Demandante cree estar infringiendo su marca.
H. Los bienes y/o servicios cubiertos por, u ofrecidos bajo, la marca que se reclama estar infringiendo derechos.
I. La ubicación precisa de la marca que se reclama estar infringiendo derechos, incluida la dirección de correo electrónico, etc.
J. Una certificación de buena fe, firmada bajo penalidad de perjurio, que declare lo siguiente:
(i) que la marca [identificar marca] infringe los derechos de otra parte,
(ii) el nombre de dicha parte,
(iii) la marca [identificar marca] que está siendo infringida, y
(iv) que el uso de la marca en cuestión [identificar marca] que se reclama estar infringiendo derechos no es justificable.
VII. Luego de la recepción de la información apropiada identificada en la Sección VI arriba, para las Reclamaciones de Marcas Comerciales, Cricket iniciará una investigación. Mientras Cricket investiga la reclamación, Cricket, a su entera discreción y sin obligación legal de hacerlo, puede notificar a la parte que publicó el material infractor que suspenderá la cuenta Cricket Wireless de la parte que publicó el material infractor y/o si solo está almacenada en un servidor de Cricket Wireless, eliminar o rechazar temporalmente el acceso al material cuestionado.
VIII. Si Cricket concluye que la Parte Demandante ha presentado una Reclamación de Marca Comercial legítima, puede, a su entera discreción y sin obligación legal de hacerlo, continuar con la suspensión de la cuenta Cricket Wireless de la parte que publicó el material infractor y/o si solo está almacenada en un servidor de Cricket Wireless, rechazar el acceso al material cuestionado. Si Cricket concluye que la Parte Demandante no ha presentado una reclamación legítima, Cricket restaurará el acceso al material cuestionado.
IX. Notificación a los suscritores y titulares de cuentas. La política de Cricket estipula que se debe terminar la relación, en las circunstancias apropiadas, con los suscritores y titulares de cuentas de Cricket que infringen repetidamente trabajos con derecho de autor, marcas comerciales o cualquier otra propiedad intelectual.